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Cel
Avalados por el Ministerio del
Trabajo mediante Resolución
N° 08SE2020220100000030639
del 24 de Septiembre del 2020
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Todos los proveedores de capacitación y entrenamiento en Protección contra Caídas en Trabajo en Alturas que otorguen certificados, deberán remitir al Ministerio del Trabajo – Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo o quien haga sus veces, el listado y la información pertinente respecto de las personas que cursaron y aprobaron los programas respectivos.
El envío se hará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la finalización del curso. El certificado que no esté registrado ante la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo no podrá ser acreditado por el Ministerio y en ese caso, el proveedor del servicio de formación asumirá la responsabilidad por los perjuicios que lleguen a ocasionarse al trabajador por esta omisión.